Notas de prensa
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La Asociación Libres del Alcohol Cástulo (ALAC) pide al Congreso de los Diputados que se reconozca el alcoholismo como una enfermedad más
El propósito de esta asociación, auspiciada por la Federación Al?Andalus, es que se trate a la dependencia del alcohol como una patología a efectos de computarse de cara a la Seguridad Social, y no como causa de incumplimiento y de despido por tal motivo
En el Art.54.2.f del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, establece la embriaguez habitual como causa de incumplimiento del contrato de trabajo que aboca al despido
La Asociación Libres del Alcohol Cástulo (ALAC), apoyada por la Federación Al?Andalus, elevó un escrito al Congreso de los Diputados por el cual se solicita el reconocimiento del alcoholismo ?como una toxicomanía más y la adicción al resto de sustancias prescritas como enfermedad a efectos de computarse de cara a la Seguridad Social y no como causa de incumplimiento y de despido por tal motivo?.
En el Art.54.2.f del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, se establece ?la embriaguez habitual y la toxicomanía si repercuten negativamente en el mismo? como causa de incumplimiento del contrato de trabajo que aboca al despido?. A través de un comunicado emitido por su presidente, Luis Miguel Márquez Cayuela, la ALAC pide una revisión del decreto o, incluso, la supresión del mismo.
?Lo que verdaderamente choca no es la falta de consideración de enfermedad como tal, sino que el enfermo alcohólico como toxicómano es el único enfermo que no puede beneficiarse de la incapacidad transitoria o permanente?, explica el texto.
Según la ALAC, ha de considerarse la toxicomanía como una enfermedad a efectos de esta ley, incluyendo la producida por el consumo de alcohol, al igual que otro tipo de sustancias o drogas que conlleven a la adicción.
Discriminación y atentado contra la dignidad
Dicha asociación entiende que al ser causa de despido por incumplimiento la embriaguez habitual o toxicomanía, implica necesariamente ?una discriminación y un atentado a su dignidad, puesto que favorece el despido y trata además al enfermo de forma injuriosa e insultante al mostrarlo como borracho y drogadicto?.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) tiene catalogada la enfermedad alcohólica en el Glosario de Enfermedades entre las no transmisibles y ha sustituido el término alcoholismo por el de Síndrome de Dependencia del Alcohol.
?¿No es discriminatorio tratar como incumplimiento y causa de despido a un trabajador o trabajadora por estar enfermo, no es atentatorio a su dignidad al principio de igualdad y a un trato injurioso??, se pregunta Luis Miguel Márquez Cayuela.
Por ello, la ALAC pide ?reconocer la enfermedad alcohólica como tal a nivel estatal, ya que a nivel autonómico está expresamente reconocida, y darle cabida en la Ley de la Seguridad Social como enfermedad común sin esperar a que aparezcan los efectos degenerativos de la misma?.
http://www.alaclibres.org / http://www.federacionalandalus.com